5.5 Subsanación

Última actualización Mayo 2022

La subsanación es un documento que emite la persona interesada a la Administración. Iniciado un determinado procedimiento por solicitud de la persona interesada, la administración puede requerir la subsanación o la mejora de ésta para que pueda aportar los documentos o la información exigida en cada caso (artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

El plazo establecido legalmente es de 10 días, que puede ser ampliado hasta 5 días más, salvo que se trate de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva.

Si el procedimiento es electrónico y es sujeto obligado según el Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada, la subsanación debe realizarse obligatoriamente a través de la sede electrónica de la UGR.

La subsanación puede entenderse como un tipo de solicitud genérica en la que la persona interesada solicita que se complete el expediente administrativo con la información o documentación aportada en la subsanación.

No obstante, si la complejidad del procedimiento así lo aconsejara, se puede poner a disposición de la persona interesada un modelo normalizado.

Si la persona a la que se ha requerido la subsanación de la solicitud no presenta la documentación en el plazo indicado, se debe realizar obligatoriamente una resolución de desistimiento de la solicitud. Consultar la sección de Resolución genérica.

Las establecidas para la solicitud.

CABECERA

Utilizar el logotipo institucional de la UGR versión vertical.

Respetar el manual de identidad visual corporativa de la Universidad de Granada.

Dejar la esquina superior derecha despejada para la colocación del sello de registro

TÍTULO

Se debe indicar el nombre del formulario en mayúsculas dentro de un recuadro. En este caso “Subsanación”

Se puede incluir un código de identificación si se estima necesario, con la siguiente estructura:

  • Código – Título del formulario

  • Ejemplo: GA022 – Solicitud de Reconocimiento de Créditos

DATOS IDENTIFICATIVOS (OBLIGATORIO)

Datos personales de la persona interesada.

Este apartado será obligatorio, pero se pedirán ÚNICAMENTE aquellos datos personales que sean imprescindibles y no sea posible obtener de las bases de datos institucionales.

APARTADOS (según naturaleza del procedimiento)

La solicitud de subsanación debe concretarse con claridad, aportando los hechos o motivos que se consideren.

Los apartados comunes son:

  • Expongo

  • Solicito

  • Documentos a adjuntar

  • Apartados específicos según necesidades del procedimiento concreto.

FIRMA

Se utilizará preferiblemente la sede electrónica para la presentación de solicitudes. En este caso, la firma se incorporará de manera automática al documento o documentos que acompañen la solicitud.

Cuando ésta sea manuscrita, dejar un espacio bien identificado para la rúbrica.

LUGAR Y FECHA

En caso de solicitud a través de sede electrónica, no se debe incluir esta información en el documento.

En caso de ser firma manuscrita: localidad y fecha: Día (en cifras), el mes (en letras) y el año (con cuatro cifras).

IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE

Identificar claramente a que órgano se dirige la solicitud.

Por ejemplo: Al Sr./Sra. Director/a del Departamento:...

PROTECCIÓN DE DATOS

Se debe incluir un apartado específico sobre el tratamiento de datos personales para garantizar el soporte jurídico a las acciones que se desarrollen con los datos obtenidos.

* Los datos recogidos en los ejemplos son ficticios

* Las plantillas han sido generadas respetando la identidad visual de la Universidad de Granada así como criterios de accesibilidad, por lo que se recomienda utilizar estas plantillas para la creación de documentos.

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