Pies de Recurso - Recursos administrativos

                                                                                                                     Última actualización 11/10/2023

Los recursos administrativos son instrumentos o herramientas que permiten a los interesados en un procedimiento administrativo impugnar los actos que les afecten o perjudiquen, según su criterio, antes de acudir a los juzgados o tribunales.

La regulación de los recursos administrativos viene recogida en el Capítulo II del Título V (artículos 112 a 126) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Al notificar una resolución administrativa se debe incluir un pie de recurso con la siguiente información:

  • Tipo de recurso o recursos admisibles.

  • Ante quién puede interponerse.

  • Plazo para interponer el recurso.

  • Forma y lugar de presentación.

Para determinar qué tipo de recurso es necesario incluir en una resolución es muy importante conocer la competencia para dictar esa resolución y si esta ha sido delegada.

En la Universidad de Granada debemos consultar la Resolución de delegación de competencias vigente.

Acceso a delegación de competencias del Rector de 28 de julio de 2023

Nota: Debe personalizarse la parte en negrita entrecomillada. Si hay una delegación de competencias, se debe hacer referencia expresa a esta.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos…

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28 de julio de 2011) y 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes "ante el Rector", a contar a partir del día siguiente al de la "publicación/notificación" de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de "notificación/publicación" de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

 

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos...

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28 de julio de 2011) y 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición "ante el NOMBRE DEL ÓRGANO (delegación de competencias realizada por Resolución del Rector de esta universidad de fecha de 28 de julio de 2023-BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023-), en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación/notificación" de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de "notificación/publicación" de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

 

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud del artículo 84 del Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Granada, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar "su publicación en el Boletín…………..," ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos…

Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada "ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Granada", al amparo de lo dispuesto en el artículo 84 .2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación/publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. nº 236, de 2 de octubre de 2015).

 

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos...

Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada "ante el NOMBRE DEL ÓRGANO (delegación de competencias realizada por Resolución del Rector de esta universidad de fecha de 28 de julio de 2023-BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023-)", de la Universidad de Granada al amparo de lo dispuesto en el artículo 84 .2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la "notificación/publicación" de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. nº 236, de 2 de octubre de 2015).

 

 

Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada "ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Granada", al amparo de lo dispuesto en el artículo 84 .2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la "notificación/publicación" de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. nº 236, de 2 de octubre de 2015).