1.4 Resolución provisional (de convocatoria)

 

Última actualización Enero 2024

La resolución provisional es una propuesta provisional que hace el órgano convocante, en una fecha concreta, de adjudicación del objeto de la convocatoria. Este documento siempre debe llevar plazo de subsanación a contar a partir de una fecha y debe contemplar cómo hacer dicha subsanación.

A veces, a partir de la resolución provisional, el o la usuaria deben tomar alguna de las siguientes acciones:

  • Aceptar la concesión provisional

  • Rechazar/desistir la concesión provisional

  • Formular alegaciones

  • No se ajusta a un esquema predefinido, es decir, debe adaptarse al tipo de convocatoria: convocatoria de subvención/ayuda, convocatoria de personal, convocatoria de movilidad, etc.

  • Se suele utilizar la publicación, sobre todo en convocatorias competitivas, para hacer más fácil y eficiente la comunicación de la resolución.

  • Se utiliza la notificación individual cuando:

    • Existen pocas personas solicitantes

    • Por el objeto de la convocatoria se trata de temas “delicados”

    • Hay que comunicar información adicional personalizada.

  • De acuerdo con las bases de la convocatoria…

  • De conformidad con lo establecido

  • Las personas solicitantes disponen de un plazo de XX días hábiles/naturales

  • Solicitudes concedidas y denegadas

  • Consulta disponible en el siguiente enlace (http://...... Si se trata de publicación electrónica)

  • Los listados se pueden consultar en …

  • Acceso a la carpeta virtual de su expediente: acceso identificado…

CABECERA

Identificar adecuadamente el órgano o estructura que emite la resolución utilizando el logotipo institucional de la UGR.

Respetar el Manual de identidad visual corporativa de la Universidad de Granada.

IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO QUE RESUELVE

Identificar adecuadamente el órgano que resuelve y el objeto de la resolución.

IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA DESTINATARIA

En el caso de que se trate de resolver y notificar individualmente, datos personales que identifiquen a la persona destinataria de la resolución provisional (nombre y apellidos, dirección, código postal y ciudad).

JUSTIFICACIÓN Y BASE LEGAL

Suele incorporarse la base legal en la que se basa la resolución, especificando de manera explícita los artículos en los que se basa y el objeto de la misma. Normalmente se hace referencia a la resolución de la convocatoria.

CUERPO

Es el propio desarrollo de lo que se está resolviendo, especificando el sentido de la resolución.

Se debe especificar las distintas acciones que se pueden realizar en ese momento y dónde se pueden realizar.

Debe constar de forma explícita las fechas en las que se puede alegar a esta resolución provisional.

Se suele poner cuando y donde se publicará la resolución definitiva. Esto es obligatorio en el caso de que no venga recogido en la convocatoria.

FIRMA

Se utilizará preferiblemente la firma electrónica, debiendo dejar el modelo un espacio reservado al efecto.

En caso de ser manuscrita, indicar el cargo de la persona/s que firman el documento, su nombre y sus apellidos y, por último, la rúbrica.

LUGAR Y FECHA

En caso de firma electrónica, no se debe incluir esta información en el documento

Localidad y fecha: Día (en cifras), el mes (en letras) y el año (con cuatro cifras)

* Los datos recogidos en los ejemplos son ficticios

 

* Las plantillas han sido generadas respetando la identidad visual de la Universidad de Granada así como criterios de accesibilidad, por lo que se recomienda utilizar estas plantillas para la creación de documentos.